Tramites ante la AEAT y TGSS

4.- Trámites ante la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS)

4.1.- Afiliación y alta en el régimen de autónomos

El régimen de autónomos es un régimen especial de la Seguridad Social obligatorio para aquellos socios trabajadores que posean, junto a familiares hasta el 2º grado, el 50% del capital. La inscripción será única, aunque se realicen varias actividades, pagándose una sola cuota de autónomos. Además, este régimen es compatible con otros regímenes de la seguridad social, como el general.

De forma resumida, el alta en el régimen de autónomos va dirigido a:

  • Empresarios individuales
  • Comunidades de bienes
  • Socios de compañías colectivas y comanditarias.
  • Socios administradores o miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles.
  • Opcional para socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.

Junto con el alta se presentar á la solicitud de opción de incapacidad temporal, en la cual se optará por una mutua para la cobertura de la prestación económica de incapacidad temporal o bien renunciaremos a ella.

Afiliación y alta en el régimen de autónomos
Dónde Tesorería General de la Seguridad Social.
Documentación - Documento de afiliación (modelo TA-1).
- Parte de alta de asistencia sanitaria.
- Parte de alta de cotización (si el régimen es autónomo, se hará por duplicado, en modelo TA.0521; si corresponde al régimen general será mediante modelo TA.2/S).
- Fotocopia del alta censal.
- Original y copia del documento de constitución de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro.
- Fotocopia de NIF y DNI.
Cuándo En el mes que se inicia la actividad, si su alta corresponde al régimen de autónomos.
Previo inicio de relación laboral, si su alta corresponde al régimen general.

4.2.- Inscripción de empresa y alta del trabajador

La inscripción se hace cuando va a contratarse por primera vez algún trabajador; se le asigna a la sociedad un código cuenta de cotización principal.

Solicitud de inscripción de la empresa (apertura código cuenta de cotización)
Quién Se inscribe la empresa que contrate por primera vez trabajadores.
Dónde Tesorería General de la Seguridad Social.
Documentación - Modelo TA.6.
- Fotocopias de la
escrituras de constitución.
- NIF empresa y DNI  del representante.
Cuándo Antes de iniciar la actividad.

Solicitud de afiliación y alta de trabajadores (régimen general)
Quién Debe realizarla la empresa que contrate trabajadores.
Dónde Tesorería General de la Seguridad Social.
Documentación - Afiliación del trabajador: TA.1.
- Alta del trabajador: TA.2/S.
Cuándo El alta se presentará con anterioridad al inicio de la relación laboral.
Las bajas hasta 6 días después de la finalización.

4.3.- Libro de Visitas

La empresa debe adquirir y legalizar el libro de visitas de la inspección de trabajo y seguridad social, teniéndolo obligatoriamente todas las empresas en cada centro de trabajo, aún cuando no empleen trabajadores por cuenta ajena. Actualmente existe la posibilidad de poseer libro de visitas electrónico.

El libro de visitas es obligatorio poseerlo aunque no se tenga trabajadores contratados.

4.4.- Comunicación de apertura del centro de trabajo

Es obligatorio para empresas que abran un centro de trabajo. Debe efectuarse 30 días siguientes al inicio de la actividad. Además, deben realizarla aquellas empresas que procedan a la apertura de un nuevo centro de trabajo o reanuden la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.

Comunicación de apertura de centro de trabajo
Dónde Dirección general de trabajo.
Documentación - Modelo oficial. Junto con la apertura del centro de trabajo hay que entregar el horario de trabajo.
- Datos de la empresa, del centro de trabajo, de la plantilla y de la actividad que se desarrolla.
- Libro de visitas y libro de matrícula del personal (en el que deben estar inscritos los trabajadores) para su sellado.
Cuándo El plazo es de 30 días siguientes al inicio o reanudación de la actividad.

Se deben presentar mensualmente los boletines de cotización TC1 y TC2. El modelo TC1 se utiliza para la liquidación de las cuotas del Régimen General. Mientras que el modelo TC2 es la relación nominal de los trabajadores.

5.- Tramites ante el ayuntamiento

Es necesario acudir al Ayuntamiento para comprobar que el local que ocupará la empresa puede albergar la actividad que va a desarrollar. Si, además, se precisa reformar o acondicionar el local, deberá contar con una licencia de obras.

5.1.- Licencia de actividades e instalaciones

También conocida como licencia de apertura. Es una licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Sólo debe solicitarse cuando va a abrirse un local.

Licencia de actividades e instalaciones
Dónde Consultar al ayuntamiento
Documentación Impreso normalizado, alta censal, contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local, DNI del solicitante, memoria descriptiva de la actividad y del local, croquis de situación, planos de planta y sección del local, presupuestos.
Cuándo Antes de abrir el local. Una vez concedida, la actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes a la concesión de la licencia.

5.2.- Licencia de funcionamiento

Esta licencia autoriza el uso de edificios locales e instalaciones, una vez terminados, indicando que son aptos según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino.

5.3.- Cambio de titularidad o actividad

El cambio de titularidad o de actividad se hace mediante un comunicado, siempre y cuando haya estado en funcionamiento en los 6 meses anteriores.

Cambio de titularidad o actividad
Dónde Ayuntamiento.
Documentación - Licencia de apertura.
- DNI., NIF. y escritura de constitución.
- Documento de conformidad o de transmisión.
Cuándo La actividad deberá comenzar en los 6 meses siguientes al cambio.

5.4.- Licencia de obras

Es una licencia necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento.

Licencia de obras
Dónde Consultar al ayuntamiento.
Documentación - Impreso normalizado.
- Presupuesto.
- Planos.
- Memoria descriptiva.
Cuándo Antes de realizar las obras. Una vez concedida la licencia, las obras pueden ejecutarse hasta 6 meses después de la fecha de concesión.

5.5.- Alta en la tasa de basuras

Se trata de un impuesto municipal anual, se debe gestionar en el Ayuntamiento presentando el DNI, NIF y escritura de constitución de la sociedad.

6.- Otros trámites de interés

6.1.- Registro de la propiedad inmobiliaria

Si la sociedad compra en propiedad un local, una nave o una oficina, debe inscribir en el registro de la propiedad inmobiliaria esta adquisición, aportando copia de la escritura de propiedad otorgada ante notario.

6.2.- Registro de la propiedad industrial

Se recomienda encarecidamente registrar las marcas publicitarias o comerciales (logotipos, carteles, rótulos, signos distintivos, patentes, modelos industriales) para evitar que otras sociedades puedan aprovecharse de la imagen formada la empresa.

Es importante recordar que el registro de patentes y marcas dota de derecho de propiedad sobre la marca al primero que la registre.

Si precisa de más información sobre las marcas, tiene a su disposición un interesante artículo sobre la marca comunitaria.

6.3.- Dirección general de turismo

En esta localización se solicita la autorización correspondiente de apertura de actividades económicas tales como bares, cafeterías, restaurantes y hoteles.

7.- Tabla resumen de constitución de una SL

Ficha de trámites para la constitución de una SL
Trámites Dónde Documentación Cuándo
Certificación de denominación negativa Registro mercantil central. Instancia de solicitud. Previa a la constitución de la sociedad.
Constitución Notaría. Escritura pública. Previo inicio de operaciones y actividad.
Inscripción en el registro mercantil Registro mercantil Escritura de constitución. Tras la constitución.
Liquidación ITP y AJD Consejería de administración pública y Hacienda.
Modelo 600. En un plazo no superior a 30 días hábiles desde la constitución.
Declaración censal y NIF definitivo Agencia tributaria del domicilio fiscal. Modelo 036. Previo inicio de operaciones y la actividad.
Alta en el IAE

Agencia Tributaria (cuotas provincial y nacional).
Diputación, ayuntamiento o Hacienda (cuota municipal)

- Modelo 840 para empresas cuyo volumen de negocio sea superior a 1.000.000€.
- Modelo 036 para empresarios individuales y pequeñas empresas.
- DNI o NIF según el caso.
- DNI del apoderado.
Debe efectuarse en un plazo de 10 días hábiles antes del inicio de la actividad.
Validez de 1 año natural.
Afiliación y alta en el régimen de autónomos Tesorería de la Seguridad Social.
Direcciones provinciales y
administraciones.
Modelo TA.0521. Previo inicio de operaciones y actividad
Inscripción de la empresa en la Seguridad Social Tesorería de la Seguridad Social.
Direcciones provinciales y
administraciones.
Modelo TA.6. Previo a la contratación de trabajadores.
Alta de los socios y/o trabajadores Tesorería de la Seguridad Social.
Direcciones provinciales y
administraciones.
Modelo TA.2/S. Previo inicio a la relación laboral.
Diligencia de libro de visitas Ministerio de trabajo y asuntos sociales.
Inspección de trabajo y seguridad social.
Diligencia libro oficial. Tras alta en Seguridad Social del trabajador autónomo u obtención del código cuenta de cotización de la empresa.
Comunicación de apertura del centro de trabajo Dirección general de trabajo. En los modelos oficiales
(disponibles en los
centros de atención
administrativa).
Antes o en los 30 días siguientes al inicio de la actividad.
Licencia de apertura Ayuntamiento. Instancia de solicitud. Previo inicio de la actividad.
Licencia de obras Ayuntamiento. Instancia de solicitud. Previa realización de obras.
Alta en la tasa de basuras Ayuntamiento. Instancia de solicitud, DNI, NIF y escritura de constitución de la sociedad. Previo inicio de la actividad.
Proceso de constitución de una empresa Inicio

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