Liquidación del impuesto, clases de rentas - IRPF

Liquidación del impuesto, clases de rentas

La renta obtenida por el contribuyente a lo largo del período impositivo se ordena según su origen o fuente en tres categorías fiscales:

  • Rendimientos.
  • Imputaciones de rentas.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Los rendimientos netos se obtienen por diferencia entre los ingresos computables y los gastos deducibles, sin perjuicio de la aplicación de las reducciones sobre el rendimiento íntegro o neto que, en su caso, correspondan.
  • Las imputaciones de renta se cuantifican aplicando directamente los criterios y reglas establecidas legalmente.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales se determinan, con carácter general, por diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición.

Sin embargo, a efectos del cálculo del impuesto, las rentas obtenidas por el contribuyente en el período impositivo, se clasifican en los dos grupos siguientes:

Clases de rentas

Las rentas del contribuyente se clasificarán como renta general o como renta del ahorro.

La renta general

La renta general está integrada por:

Componentes de la Renta General
Rendimientos Imputaciones de rentas Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Del trabajo.
- Del capital inmobiliario.
- Del capital mobiliario:
  • Propiedad intelectual e industrial.
  • Prestación de asistencia técnica.
  • Arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y subarrendamientos.
  • Cesión del derecho a la explotación de la imagen.
- De actividades económicas.
- Rentas inmobiliarias imputadas.
- Transparencia fiscal internacional.
- Cesión de derechos de imagen.
- Instituciones de Inversión colectiva en paraísos fiscales.
- Imputaciones de AIE's y UTE's.
No derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, como:
  • Premios
  • Subvenciones no exentas
  • ...

Formarán parte de la renta general los rendimientos del capital mobiliario correspondientes al exceso del importe de los capitales propios cedidos a una entidad vinculada respecto del resultado de multiplicar por 3 los fondos propios, en la parte que corresponda a la participación del contribuyente, de esta última.

En los supuestos en los que la vinculación se defina en función de la relación de los socios o partícipes con la entidad, la participación deberá ser igual o superior al 25%.

La renta del ahorro

La renta del ahorro está integrada por:

  • Los rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Los rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, excepto los procedentes de entidades vinculadas con el contribuyente.
  • Los rendimientos de capital mobiliario obtenidos en operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez, y rentas derivadas de imposición de capitales.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
Componentes de la Renta del Ahorro
Rendimientos Ganancias y pérdidas patrimoniales
Rendimientos del capital mobiliario derivados de:
– Participación en los fondos propios de entidades.
– Cesión a terceros de capitales propios.*
– Operaciones de capitalización.
– Contratos de seguro de vida o invalidez.
– Rentas que tengan por causa la imposición de capitales.
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

*Salvo el exceso del importe de los capitales propios cedidos a una entidad vinculada respecto del resultado de multiplicar por 3 los fondos propios, en la parte que corresponda a la participación del contribuyente, de esta última. A efectos de computar dicho exceso, se tendrá en consideración el importe de los fondos propios de la entidad vinculada reflejados en el balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha de devengo del Impuesto y el porcentaje de participación del contribuyente existente en dicha fecha.

Ganancias y pérdidas patrimoniales, ganancias excluidas de gravamen-IRPF Inicio Base imponible general y del ahorro-IRPF

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