Elección de la forma jurídica de una empresa Elección de la forma jurídica de una empresa

Encuadrar el proyecto empresarial en una determinada forma jurídica puede condicionar las actuaciones de los promotores en el futuro por lo que a la hora de elegir uno u otro marco jurídico deberemos pensar tanto en el corto como en el medio plazo.

Elección de la forma jurídica de una empresa

En detalle:
1.- Antes de emprender
1.1.- Formas jurídicas más frecuentes
2.- Criterios de elección de una forma jurídica u otra
  2.1.- La imagen y el tipo de actividad económica que desarrolla la empresa
  2.2.- La responsabilidad
  2.3.- La fiscalidad
  2.4.- Número de promotores del nuevo proyecto empresarial
  2.5.- Necesidades económicas o costes de constitución requeridos
  2.6.- Financiación
  2.7.- Subvenciones
3.- Formas jurídicas de la empresa
  3.1.- Personas Físicas
    3.1.1.- Empresario Individual
    3.1.2.- Comunidad de Bienes
    3.2.3.- Sociedad Civil
  3.2.- Personas jurídicas. Sociedades Mercantiles
    3.2.1.- Sociedad Colectiva
    3.2.2.- Sociedad Comanditaria
    3.2.3.- Sociedad Limitada
    3.2.4.- Sociedad Anónima
    3.2.5.- Sociedad Laboral
    3.2.6.- Sociedad Cooperativa

Recuerda que:
  • Es conveniente realizar un plan de empresa antes de elegir la forma júridica
  • La elección de la forma jurídica de la empresa es uno de los pasos más importantes que debe realizar un emprendedor y que deberá ser acorde con la actividad empresarial a realizar
  • Existen diferentes criterios que pueden facilitar la elección de la forma jurídica de la empresa, tales como la existencia de subvenciones, la responsabilidad empresarial, la fiscalidad, el número de promotores que intervienen en su creación y los costes de constitución requeridos, entre otros
  • Las formas jurídicas más utilizadas en España son el empresario individual (autónomo), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.)

1.- Antes de emprender

Uno de los pasos más importantes que debe realizar un emprendedor es la elección de la forma jurídica de su futura empresa, que deberá ser acorde con la actividad empresarial a realizar.

Para llegar a definir de forma correcta su empresa, se efectúa un plan de empresa, donde se realiza un estudio preliminar para definir de forma concisa la actividad mercantil que va a desarrollar su futura empresa, así como delimitar el mercado en el que va a operar. Además de las necesidades económicas, humanas y materiales - sin olvidar los gastos iniciales - de su puesta en funcionamiento. Y, entre otros, los resultados económicos y comerciales previstos.

Con estos datos a su disposición se deberá plantear la siguiente pregunta: ¿Quién será el titular de la empresa? Para ello es conveniente que estudie y se informe acerca de las diferentes formas jurídicas que tiene a su disposición.

Teniendo en cuenta que la empresa se configura como un sujeto de imputación de derechos y obligaciones, debemos encuadrar el proyecto empresarial en una figura jurídica concreta de las reguladas dentro de nuestro marco legal. Por ello, desde el momento en que se decide crear una empresa, elegir adecuadamente su forma jurídica es una sabia decisión para evitar en el futuro problemas de indefinición o inadecuación legal o de cualquier otra índole que, en definitiva, sólo vendrían a perjudicar la actividad empresarial.
Esquema sobre el proceso de elección de la forma jurídica de la empresa

1.1.- Formas jurídicas más frecuentes

Empresario individual o autónomo

Concepto

Persona física que realiza, en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional.

Ventajas

  • Ideal para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño.
  • Simplicidad en su tramitación.
  • Puesta de funcionamiento económica.
  • Mínimas obligaciones empresariales periódicas.
  • Sin capital social inicial mínimo.

Desventajas

  • Empresario responde con patrimonio personal de las deudas económicas generadas en la actividad empresarial.
  • La responsabilidad patrimonial puede alcanzar el patrimonio del conyuge del titular de la actividad económica.
  • Tipos impositivos muy elevados, por la progresividad del IRPF.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

Concepto

Es una sociedad de carácter mercantil en la que el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

Ventajas

  • La responsabilidad patrimonial de los socios se limita a las aportaciones económicas que hagan a la sociedad.
  • Han de cumplir con una serie de obligaciones mercantiles que implican una mayor burocración debiendo llevar contabilidad.

Desventajas

  • La transmisión de acciones de la sociedad ha de recogerse en el libro de socios.
  • Poder de decisión limitado, acatando lo que decidan la mayoría de socios.
  • Tributa por Impuesto de Sociedades, en el supuesto de rendimientos anuales inferiores a los 48.000 euros, la carga fiscal sería mayor que en el caso de formas jurídicas no societarias.

Sociedad Anónima (S.A.)

Concepto

Sociedad mercantil en la que el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente por las deudas sociales.

Ventajas

  • La responsabilidad patrimonial de los socios se limita a las aportaciones económicas que hagan a la sociedad.
  • La sociedad dispone de una mayor capacidad económica inicial, por el elevado capital social inciial 60.101,21 euros.
  • Libre transmisión de condición de socio o accionista mediante venta de acciones.

Desventajas

  • Capital social mínimo superior al de otro tipo de formas jurídicas societarias.
  • Mayor rigidez orgánica y funcional.
  • Tributa por Impuesto de Sociedades, en el supuesto de rendimientos anuales inferiores a los 48.000 euros, la carga fiscal sería mayor que en el caso de formas jurídicas no societarias.

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